El agua de laboreo en el contexto de la actividad minera en México


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De acuerdo con las estimaciones proporcionadas por la Secretaría de Economía (2020), el sector minero metalúrgico produce cerca del 2.4 % del Producto Interno Bruto nacional y emplea directamente a 381 mil 456 personas, mientras que indirectamente beneficia a más de 2.3 millones de habitantes. La superficie territorial que la minería alcanza a escala nacional se estima en 34.65 millones de hectáreas, lo que corresponde al 17.67 % del territorio nacional (Téllez, R., I., 2018). En ese sentido, el propio Servicio Geológico Mexicano reconoce que Sonora (42 %), Zacatecas (20 %) y Chihuahua (10 %), concentran más de la mitad de la producción minera nacional.

La industria minera se clasifica en dos tipos: la metálica y la no metálica, ambas demandan enormes volúmenes de agua para su operación, siendo este un aspecto angular cuestionado frecuentemente en el seno de la opinión pública, debido al aumento de los conflictos socioambientales por esta actividad en México. Precisamente, un estudio elaborado por la organización no gubernamental OXFAM México y el Colegio de Geografía de la UNAM (Talledos et al.,2020), determinó que la minería en México concentra más de 24,000 títulos de concesión para el aprovechamiento del agua, siendo que un número significativo de estos se sitúa en acuíferos considerados por la autoridad como sobreconcesionados y sobreexplotados, es decir, su disponibilidad media anual es negativa (DOF, 2020), de manera marcada en entidades como Sonora, Zacatecas, San Luis Potosí y Oaxaca, entre otros. Sin duda, lo anterior, por ejemplo, pone en tela de juicio la efectividad de los ordenamientos legales del agua en nuestro país, tales como los propios alcances establecidos en los acuíferos reglamentados.

En esa tesitura, un análisis del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA, 2020), determinó que en 2019 el volumen de agua concesionado para la industria minera y consignado en el Registro Público de Derechos de Agua (REPDA), ascendía a 472.53 hm3. No obstante, esta cifra alude exclusivamente a los volúmenes de agua que las compañías mineras obtienen a través de las concesiones, mientras que históricamente, estas han complementado su producción por medio del aprovechamiento de otra agua que se encuentra exenta de registro y de pago de derechos fiscales, es decir, la de laboreo.

Esta agua resulta del desarrollo de las obras mineras como los túneles, las galerías, los tajos, etc., y que son producto del contacto con sistemas de flujo de agua subterránea de carácter subsuperficial o local. Esta agua se aprovecha en los procesos de beneficio, pero también se deposita en las presas de jales. Algunos estudios previos (Pacheco G., L.A., et al), sugieren que cerca del 20 % de esa agua se recupera por medio del reciclaje para introducirse de nueva cuenta al sistema productivo de la minería, lo cual implica el uso de volúmenes adicionales de agua que potencian las actividades mineras.

Cabe señalar que el marco jurídico de la minería y del agua en México, establecen el libre aprovechamiento de este tipo de agua, al menos se tiene registro que está lógica ha estado presente en el país desde sus primeras décadas como nación independiente, de tal manera que, con las primeras leyes del agua, a la subterránea se le consideró como propiedad privada con un énfasis marcado para la actividad minera (Denton, 2006). Actualmente el Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, en su artículo 124 marca como obligaciones de los usuarios de agua de laboreo únicamente la obtención del permiso de descarga, el cumplimiento de las Normas de presas de jales y poner a disposición el agua sobrante después de ser aprovechada (RLAN, 2014). Por lo anterior, desde antaño se carecen de registros o referencias claras sobre el volumen real del agua de laboreo que la industria minera incorpora en su proceso productivo.

Foto de Vlad Chețan: Foto de Jose E. Caceres Erbina: https://www.pexels.com/es-es/foto/paisaje-industria-textura-colinas-8024762/

El IMTA en 2020 por medio de su proyecto de investigación interno “Agua y minería: Análisis multiescalar y sus efectos social, ambiental y económico”, estimó el volumen de agua de laboreo utilizada por la industria minera en México en 1,128.9 hm3/a, el cual es 2.9 veces mayor que el volumen de agua concesionado registrado en el REPDA en 2019 (472.53 hm3). La primera cifra incrementa en un 14.34 % el total del volumen de agua concesionado a la industria en México, quedando en 9,354.8 hm3.

Ciertamente, la política de dotación de derechos de agua del gobierno mexicano ha sido acorde con los acuerdos establecidos dentro del contexto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte firmados en 1993 -hoy denominado T-MEC-, y que institucionalmente representan una presión política y económica para que el Estado mexicano dote de agua a las Inversiones Extranjeras Directas (IED), como los grandes conglomerados transnacionales mineros. Sin embargo, el uso libre de agua podría contribuir a la inhibir la adopción de prácticas efectivas para el uso y ahorro del agua en la industria, desincentivando a aplicación de procesos y tecnologías para ahorrar y hacer eficiente el uso del agua, alejándose de los programas de gestión corporativa del agua que mandatan documentos internacionales como el U.N. Global Compact que a través de 10 principios promueve la adopción de políticas corporativas sostenibles con el agua y el medio ambiente.

Ante tal problemática, la Subcoordinación de Planeación Hídrica del IMTA como resultado del proyecto de investigación en comento, sugiere acciones concretas como el desarrollo de un sistema integral de información como medida de apoyo a la planificación y gestión de proyectos relacionados con el binomio agua-minería, el cual se apoye de las evidencias que se desprendan de las futuras investigaciones relacionadas con la información puntual de la estimación del volumen de agua de laboreo desagregado por unidad minera, tipo de mineral extraído, método de explotación utilizado, proceso de beneficio utilizado, tecnología aplicada en los procesos y la disponibilidad del agua. Todo esto, podría impactar en el desarrollo de sistemas de información geográficas acerca de la disponibilidad del agua subterránea; una planificación participativa y una gestión integrada del agua con una visión inter y intrasectorial con el desarrollo urbano y el ordenamiento ecológico territorial.

Ciertamente, la política de dotación de derechos de agua del gobierno mexicano ha sido acorde con los acuerdos establecidos dentro del contexto del Tratado de Libre Comercio de América del Norte firmados en 1993 -hoy denominado T-MEC-, y que institucionalmente representan una presión política y económica para que el Estado mexicano dote de agua a las Inversiones Extranjeras Directas (IED), como los grandes conglomerados transnacionales mineros. Sin embargo, el uso libre de agua podría contribuir a la inhibir la adopción de prácticas efectivas para el uso y ahorro del agua en la industria, desincentivando a aplicación de procesos y tecnologías para ahorrar y eficientar el uso del agua, alejándose de los programas de gestión corporativa del agua que mandatan documentos internacionales como el U.N. Global Compact que a través de 10 principios promueve la adopción de políticas corporativas sostenibles con el agua y el medio ambiente.

Ante tal problemática, la Subcoordinación de Planeación Hídrica del IMTA como resultado del proyecto de investigación en comento, sugiere acciones concretas como el desarrollo de un sistema integral de información como medida de apoyo a la planificación y gestión de proyectos relacionados con el binomio agua-minería, el cual se apoye de las evidencias que se desprendan de las futuras investigaciones relacionadas con la información puntual de la estimación del volumen de agua de laboreo desagregado por unidad minera, tipo de mineral extraído, método de explotación utilizado, proceso de beneficio utilizado, tecnología aplicada en los procesos y la disponibilidad del agua. Todo esto, podría impactar en el desarrollo de sistemas de información geográficas acerca de la disponibilidad del agua subterránea; una planificación participativa y una gestión integrada del agua con una visión inter y intrasectorial con el desarrollo urbano y el ordenamiento ecológico territorial.

Referencias